Responsabilidad social del anfitrión en Texas

Mayo 19, 2020 | Por abogados de DJC Law
Responsabilidad social del anfitrión en Texas

En Texas, cuando alguien resulta lesionado por la negligencia de una persona en estado de ebriedad, la víctima puede presentar un reclamo por lesiones personales contra esa persona para recibir una compensación por la pérdida de ingresos, facturas médicas y otros gastos de calidad de vida. En algunos casos, la persona que proporcionó el alcohol a la persona ebria en una fiesta u otro evento también puede ser considerada responsable debido a las leyes de acogida social.

hombres animando cervezas

En este artículo, analizaremos cómo se puede responsabilizar a un anfitrión social en Texas por las acciones de una persona ebria a la que sirvió. Si resultó lesionado en un incidente relacionado con el alcohol, comprender la responsabilidad de los involucrados puede ayudarlo a emprender acciones legales adicionales y recibir una compensación adicional. Habla con un experimentado en Lesiones Personales en Nueva Orleans hoy para conocer más sobre sus opciones.

Responsabilidad social del anfitrión frente a la ley de tiendas de tragos de Texas

No debe confundirse con el leyes de la tienda dram, la responsabilidad del anfitrión social se refiere específicamente a una persona que proporciona alcohol a otra sin pago, en lugar de una empresa que vende alcohol a alguien que luego lastima a otra.

Texas promulgó por primera vez su estatuto Dram Shop en 1987, creando una causa de acción civil para que las personas lesionadas entablaran contra quienes, a sabiendas, sirvieran alcohol a personas intoxicadas. Inicialmente, la versión del Senado de Texas del proyecto de ley Dram Shop incluía a los anfitriones sociales dentro de la definición de “proveedores”, pero la Cámara de Representantes de Texas rechazó esta versión.

En Texas, las empresas tienen más probabilidades de ser consideradas responsables que los anfitriones sociales

Generalmente, un anfitrión social en Texas no es responsable de las acciones de los adultos que consumen alcohol en las instalaciones del anfitrión. Por el contrario, la ley de Texas responsabiliza a proveedores como bares y restaurantes por los daños causados ​​por un conductor ebrio que haya consumido bebidas alcohólicas en su establecimiento. Por lo tanto, el actual estatuto de Texas se aplica sólo a los “proveedores”, definidos como personas o establecimientos que venden alcohol mediante una licencia o permiso. Por lo tanto, el proyecto de ley Dram Shop que finalmente se convirtió en ley no incluía ninguna disposición sobre la responsabilidad del anfitrión social.

El caso histórico sobre responsabilidad de los anfitriones sociales en Texas fue Graff v. Beard, un caso de 1993 en el que la Corte Suprema de Texas sostuvo que los anfitriones sociales no tienen ninguna obligación legal o de derecho consuetudinario hacia terceros perjudicados por sus invitados adultos ebrios. La Corte Suprema de Texas basó su decisión en dos factores:

  1. Dado que la Cámara rechazó la versión del Senado del proyecto de ley Dram Shop que incluía responsabilidad para los anfitriones sociales, la Legislatura no pretendía, por lo tanto, que existiera una causa de acción legal contra los anfitriones sociales negligentes.
  2. El tribunal sostuvo que cualquier deber de un anfitrión social depende de "si existe un derecho a controlar al actor cuya conducta precipitó el daño".

Por lo tanto, debido a que la Legislatura no creó una causa de acción legal contra los anfitriones sociales y un anfitrión social no tiene el deber legal de controlar la conducta de los invitados, el tribunal no estaba dispuesto a crear un deber de derecho consuetudinario contra los anfitriones sociales. Desde el caso Graff, Texas se ha negado a imponer responsabilidad a los anfitriones sociales que sean negligentes.

Cómo se aplican las leyes de responsabilidad social para anfitriones en Texas

En 2005, Texas aprobó una legislación que imponía responsabilidad a los anfitriones sociales que proporcionaban alcohol a menores de edad. Como resultado, el artículo 2.02 del Código de Bebidas Alcohólicas de Texas responsabiliza a los anfitriones sociales en dos situaciones:

  1. Si el anfitrión, a sabiendas, sirve alcohol a menores.
  2. En el momento en que se proporcionaron dichas bebidas alcohólicas, era evidente para el proveedor que la persona a la que se vendía, servía o se le proporcionaba una bebida alcohólica estaba obviamente intoxicada hasta el punto de que presentaba un claro peligro para sí mismo y para los demás; y la intoxicación del destinatario de la bebida alcohólica produce daños inmediatos.

La violación de la ley antes mencionada es un delito menor de Clase A, punible con multas de hasta $4,000 y hasta un año de prisión.

Por lo tanto, los anfitriones sociales en Texas que tienen 21 años o más solo son responsables cuando proporcionan alcohol a menores no emparentados, aquellas personas menores de 18 años. Si un anfitrión social proporciona alcohol a un menor no emparentado, puede ser considerado responsable. por las lesiones causadas por la intoxicación del menor. Si un anfitrión social cobra una tarifa por el alcohol y sirve a alguien mayor de 18 años que ya está obviamente borracho, el anfitrión puede ser considerado responsable porque, al imponer una tarifa por la bebida alcohólica, ya no es un anfitrión social sino un “proveedor”. ”de alcohol, sujeto al mismo estándar legal que un bar o restaurante.

Si has sido víctima de un accidente causado por el negligencia de una persona ebria, es posible que tenga motivos para presentar una demanda contra un anfitrión social que sirvió alcohol a un menor o un establecimiento que sirvió en exceso a esa persona. Póngase en contacto con los abogados de DJC Law hoy para obtener una consulta gratis y orientación profesional sobre cómo avanzar legalmente. Según las circunstancias específicas de su caso, nuestros abogados pueden ayudarlo a recibir la compensación que se merece.